martes, 11 de noviembre de 2008

Derechos de autor en Internet

DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET

Internet
Un internauta encuentra una imagen que le gusta en Internet, y ni siquiera se fija en quién es el autor. La copia a su ordenador y después, cuando decide abrir un blog en la Red, la utiliza como imagen de cabecera. Con los meses, el blog se hace más y más popular y esa fotografía corre de navegador en navegador. Sin embargo, un día el internauta recibe un correo del propietario de la imagen que copió en el que le conmina a retirar la foto e incluso le amenaza con acciones legales. El propietario del blog se encuentra ante del dilema de que si retira la imagen su blog perderá el diseño “de marca” que se ha hecho tan popular en la Red. Si no la retira puede incurrir en delito y verse ante un tribunal o pagando una fuerte multa… Sin embargo, si se hubiera fijado de antemano en el tipo de licencia que tenía la fotografía, se habría ahorrado muchos disgustos; en no pocas ocasiones basta con citar al autor para poder utilizar un contenido cultural con total libertad.

Esta situación, aunque ficticia, es cada vez más habitual en los nacientes medios de comunicación online, ya sean blogs, redes sociales, portales de noticias o simplemente páginas personales de usuarios. En sus comienzos, era habitual utilizar sin demasiadas preocupaciones las imágenes y textos que se encontraban a través de los buscadores. En la mayoría de los casos, se ejecutaba sin intención de apropiarse de la obra de otro autor, pero la realidad es que se hacía un uso ilícito.
Cultura accesible pero no siempre libreDe manera gradual, los autores de las obras (es decir, cualquier usuario que publique una fotografía, una canción, un vídeo o un texto en un sitio web) han adquirido conciencia de sus derechos, así como el suficiente dominio de la tecnología como para detectar si alguien está utilizando sus creaciones sin su permiso o sin respetar las licencias establecidas. En la actualidad, se antoja cuanto menos arriesgado utilizar un contenido ajeno de forma inapropiada.

La cultura en Internet es accesible a todos, pero esto no significa que siempre pueda ser utilizada por terceras personas sin ningún tipo de control. En una proporción considerable, sólo es posible bajo ciertas condiciones, y en muchos no lo es en absoluto. Es importante tenerlo en cuenta y fijarse bien en el tipo de licencia que tiene cada contenido para evitar disgustos.

‘Copyright’ y ‘Creative Commons’Todos los textos y fotos tienen derechos de autor, y a sus creadores les protege el ‘copyright’. Si el autor no alega nada en contra, sólo él ostenta todos los derechos sobre su obra durante su vida y hasta setenta años después de su muerte. Esto implica que sólo el autor o sus herederos pueden hacer copias de la obra, reproducirla, interpretarla, crear obras derivadas o presentarla públicamente. El que quiera usarla debe pedir permiso. Las únicas excepciones son el derecho de cita (que permite reproducir fragmentos) o la copia privada, sobre la que se mantiene una gran controversia sobre su extensión.

El creador también puede renunciar al ‘copyright’ y que su obra pase al dominio público. Pero también hay una tercera alternativa: las licencias ‘Copyleft’, que permiten al autor definir un amplio rango de posibilidades para concretar cómo quiere que se utilice su obra. La licencia ‘Copyleft’ más popular es ‘Creative Commons’. Las obras con ‘Creative Commons’ (exhiben la sigla CC) permiten su copia y distribución por parte de otros usuarios, pero con las acotaciones, conocidas como atributos, que decida el autor. Las limitaciones son las siguientes:
- ‘Attribution’: exige la cita del autor de la obra.- ‘Noncommercial’: obliga a que el que la copie no pueda obtener beneficio económico.- ‘No Derivative Works’: la obra se debe distribuir sin modificaciones (por ejemplo, una foto con esta licencia no se puede utilizar en un collage).- ‘Share Alike’: exige que todas las obras derivadas se distribuyan siempre bajo la misma licencia del trabajo original (por ejemplo, prohíbe que un libro con copyright se ilustre una foto CC). Estos atributos son combinables para que el autor se haga la licencia a su medida.

Estos atributos se pueden combinar entre sí. Así, un grupo musical puede decidir que cualquiera puede copiar sus canciones siempre que se les cite (’Attribution’) y nadie gane dinero con ello (’Noncommercial’). O también podría prohibir que un DJ las remezclara incluyendo también el atributo “No Derivative Works”. Para los autores elegir y aplicar una licencia es tan simple como entrar en la página web y rellenar un sencillo formulario.
Buscar y usar obras con licencia CCLa mejor opción para no encontrarse con sorpresas desagradables en el uso de una obra digital es decantarse sólo por las que incluyen una licencia ‘Creative Commons’ (CC) o similar, ya que basta con respetar sus atributos para evitar demandas posteriores. Abundan los sitios web en los que los usuarios pueden colgar contenidos bajo esta licencia: Flickr.com (en fotografía) y Youtube.com (en vídeos) son los más conocidos.
El servicio Flickr contiene millones de fotografías que guardan los usuarios. Y aunque por defecto otorga a cada imagen una licencia ‘Copyright’, permite también asignar licencias CC. Más aún, Flickr posee un buscador de imágenes que, además de buscar por etiquetas (tags) colocadas en cada imagen por los usuarios, permite seleccionar sólo imágenes con la licencia CC.
También el servicio Stock.xchng permite guardar numerosas fotografías que tengan licencias de uso abierto, aunque en este caso no permite expresamente licencias CC sino otro tipo similar y con calidad muy alta. El servicio permite buscarlas por orden de más a menos descargadas, por etiquetas, o por orden de actualidad. Además, redes sociales como MySpace contienen abundante música bajo CC que los usuarios pueden descargar y reproducir en sus sitios web.
Un modo rápido y efectivo de encontrar contenidos CC es utilizar el buscador específico (en la parte superior derecha) del navegador Firefox, que indaga a través de numerosos sitios como Google, Flickr, OWL Music Search o Yahoo! También el nuevo navegador de Google, Chrome, dispone del modo “búsqueda predeterminada” para los contenidos exclusivamente bajo licencia CC. Bastará entonces con poner la palabra clave del contenido a buscar en la caja de direcciones para que aparezcan los resultados.

No obstante, conviene prestar especial atención a los atributos que tiene cada licencia: siempre hay que indicar de forma bien clara quién es el autor del contenido y enlazar de forma adecuada a su sitio web. También conviene evitar el aprovechamiento de contenido de webs comerciales si uno de sus atributos lo prohíbe.

http://revista.consumer.es/web/es/20081101/internet/74226.php

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